Se trata de la ley que
pone límites a la internación de personas contra su voluntad y apunta a
reemplazar los hospitales neuropsiquiátricos por la atención comunitaria.
Vinculan la demora con “presiones de la corporación
psiquiátrica”.
Por Pedro
Lipcovich
“La Presidenta promulgó la
ley en un acto con compañeros del Frente de Artistas del Borda y de radio La
Colifata.”
Decenas de organizaciones
–entre ellas el CELS, la Federación de Psicólogos y la Red de Usuarios y
Familiares– comunicaron su “preocupación por la demora en la reglamentación de
la Ley Nacional de Salud Mental No 26.657, de cuya promulgación se cumplieron
dos años”, y solicitaron audiencia a la Presidenta de la Nación, al jefe de
Gabinete y a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia: “Urgimos a las
autoridades a cumplimentar una tarea que es de su competencia” y “de
cumplimiento obligatorio”. Según manifestaron peticionantes, “la demora no es
burocrática sino política”: la vincularon con “presiones de la corporación
psiquiátrica, especialmente en su vinculación con clínicas privadas”. La ley que
aguarda reglamentación fue avalada por la OPS y por diversas entidades de
derechos humanos: pone límites a la internación de personas contra su voluntad y
apunta al reemplazo de los “neuropsiquiátricos” por la atención de la salud
mental en el marco de la comunidad. Sin embargo, la Asociación de Psiquiatras
Argentinos (APSA) sostiene que “debe revisarse la Ley 26.657”, y que en ella hay
“imprecisiones” y “contrasentidos”. Un vocero del Ministerio de Salud de la
Nación declaró que “la ley vale también para aquellos a quienes no les guste”, y
destacó que “la reglamentación fue enviada hace más de dos meses a la Secretaría
Legal y Técnica de Presidencia”.
“Las organizaciones
civiles de defensa de los derechos de las personas usuarias de los servicios de
salud mental, familiares y trabajadores, nos reunimos para expresar nuestra gran
preocupación por la falta de reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental
Nº 26.657, sancionada el 25 de noviembre de 2010 y promulgada por usted el 3 de
diciembre del mismo año”, dice la nota por la cual varias entidades pidieron
audiencia a Cristina Fernández de Kirchner. Está suscripta por Red FUV (Red de
Familiares, Usuarios y Voluntarios por los Derechos en Salud Mental), APEF
(Asociación de Ayuda al Paciente con Esquizofrenia y su Familia), Fepra
(Federación de Psicólogos de la República Argentina), Apadh (Asociación de
Psiquiatras y Adherentes por los Derechos Humanos) y otras entidades. “Es de
extendido conocimiento que, con posterioridad a esa fecha, organizaciones con
intereses corporativos intentaron introducir modificaciones que tuercen el
espíritu de nuestra Ley Nacional de Salud Mental.” La nota destaca “la necesidad
urgente de las personas con padecimiento mental y sus familias de contar con
servicios accesibles e inclusivos para la atención de su
salud”.
Otra presentación
solicita audiencias con Juan Manuel Abal Medina –jefe de Gabinete de Ministros
de la Nación– y con Carlos Zannini, secretario de Legal y Técnica. Entre las
entidades firmantes están el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el
Encuentro Nacional de Prácticas Comunitarias en Salud Mental, Colectivo 448,
Fundación por los Derechos en Salud Mental (Fundat), Asociación por los Derechos
en Salud Mental (Adesam), Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
y “La Puerta”, Centro de Salud, Arte y Pensamiento: “Urgimos a las autoridades a
cumplimentar una tarea que es de su competencia y de cumplimiento obligatorio”,
ya que “la demora en la aprobación del decreto reglamentario sigue sosteniendo
la vulneración de derechos fundamentales de las personas usuarias”,
sostienen.
Macarena Sabin Paz,
coordinadora del equipo de salud mental del CELS, sostuvo que “la reglamentación
está detenida en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación.
Advertimos una falta de voluntad política por sacarlo adelante. La elaboración y
sanción de la ley respondió a un impulso político muy fuerte, que después no ha
tenido correlato desde el Poder Ejecutivo, y hay un silenciamiento sobre qué
está pasando. Al no estar reglamentada, no se implementan normas como la
creación del Organo de Revisión multidisciplinario para monitorear las
condiciones de internación. En estos meses hubo voces encontradas sobre cómo
debería ser la reglamentación: algunas responden a cuestiones corporativas o a
intereses de los profesionales. Exigimos una reglamentación que detenga las
violaciones sobre los derechos humanos, que continúan”.
Eduardo Perazzo
–representante ante el Observatorio de la Convención por los Derechos de las
Personas con Discapacidad y referente de uno de los petitorios– destacó que “en
el área judicial se avanzó con la ley: jueces y abogados revisan insanias y
procedimientos respecto de personas con padecimiento mental. Pero, en los
servicios de salud, la persona con padecimiento mental suele seguir el circuito
clásico que termina con la internación en establecimientos psiquiátricos. La
falta de reglamentación permite una interpretación demasiado amplia de la ley, y
existe el riesgo de que la reglamentación retroceda en los avances que propició
esta ley”.
“La demora no es
burocrática sino política”, sostuvo Angel Barraco –asesor de la Comisión de
Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires– y recordó que “la
presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó la Ley 26.657 de Salud
Mental, en un acto en el que participaron compañeros del Frente de Artistas del
Borda y de radio La Colifata: la más alta instancia política se comprometió a
hacer operativa la ley, y por eso es llamativo lo que sucede”. Barraco comentó
que “para calibrar la importancia de la reglamentación tengamos presente lo que
pasó con la ley de salud mental de Córdoba, cuya reglamentación la modificó a
tal punto que, pese a la oposición social, se abrió una nueva clínica privada
para internar chicos en la capital provincial”. Los sectores corporativos
vinculados con clínicas privadas son los que más se resisten a la ley, que
prohíbe la apertura de nuevas unidades exclusivas para atención
psiquiátrica.
Por su parte, Alfredo
Cía, presidente de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA), ante la
consulta de este diario respondió: “Adherimos a la declaración que el 25 de
agosto de 2011 formuló el Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la
UBA”. Ese documento sostiene que “debe revisarse cuidadosamente la Ley 26.657
antes de la formulación de su decreto reglamentario, para superar numerosas
imprecisiones y contrasentidos de su redacción”, y pide “una amplia y efectiva
consulta con los estamentos universitarios, científicos y profesionales”, entre
los cuales sólo incluye a “los ámbitos médicos, jurídicos y de trabajadores no
profesionales de la salud mental”, a fin de “consensuar una
reglamentación”.
El documento que hace
suyo APSA manifiesta discrepancias con el texto de la ley. Así sostiene que en
caso de “falta de acuerdo del equipo interdisciplinario tratante sobre la
conveniencia de una eventual internación, quien definirá la utilidad de ella en
el caso concreto será el médico psiquiatra, por ser el profesional capacitado
para efectuar un diagnóstico diferencial entre cuadros funcionales y orgánicos,
y una evaluación del estado clínico general del paciente”. También requiere que
“la idoneidad y capacidad para el cargo de conducción y gestión de servicios o
instituciones deberá ser encuadrada bajo los criterios establecidos en la Ley
17.132” –promulgada en 1967 por la dictadura militar de Juan Carlos Onganía–,
que no sólo reservaba aquellos cargos para los médicos sino que directamente
prohibía el ejercicio de la psicoterapia a los
psicólogos.
LA LEY ARGENTINA SEGUN
HUGO COHEN, ASESOR DE LA OPS
“Un modelo para países de
la región”
“La Organización
Panamericana de la Salud (OPS) promueve la implementación de la Ley de Salud
Mental argentina, promulgada en diciembre de 2010, pero cuya reglamentación aún
está pendiente”, precisa una declaración de esta
entidad.
Hugo Cohen, asesor
regional en salud mental de OPS, destacó que “la Ley 26.657, de Salud Mental,
fue examinada y avalada por las más altas autoridades de OPS. Y, después de su
sanción, la ley argentina se tomó como referente en diversos países de
Sudamérica y Centroamérica: en Colombia, es tomada como referencia en el actual
proyecto de ley de salud mental; Honduras, Guatemala y El Salvador tomarán en
cuenta este modelo para establecer una base común para sus proyectos de ley de
salud mental; también es referencia para la Comisión de Inclusión Social del
Congreso peruano; y jueces penales de ese país y de Chile viajaron a la
Argentina en busca de apoyo para desarrollar legislaciones en salud
mental”.
–¿La OPS acuerda con la
Ley 26.657 en la paulatina supresión de las instituciones dedicadas
exclusivamente a la internación psiquiátrica?
–De acuerdo con la
Organización Mundial de la Salud, en salud mental no existe el equivalente del
tercer nivel de complejidad, como puede existir para la atención de quemados o
unidades de trasplantes: en salud mental, el máximo nivel de complejidad se da
en la comunidad. Poner límite a una situación de crisis en una persona no lleva
más que unos días. Lo más difícil es lograr su efectiva inclusión en la
comunidad, y esto no se hace dentro de las paredes de un hospital, sino en el
contexto de todos los días.
–¿Y en personas que
tienen un deterioro muy importante?
–En la
desmanicomialización no se trata de cerrar, sino de abrir, de construir nuevas
ofertas. Efectivamente, hay personas que necesitarán un apoyo de mayor
intensidad y duración, pero siempre hay que tender a promover las capacidades
del individuo: hasta el más demenciado tiene sus capacidades o sus posibilidades
de resiliencia, que deben promoverse y estimularse aun cuando esté internado,
para que pueda activarlas y estabilizar un cuadro de posible
deterioro.
–¿La OPS avala que las
internaciones en salud mental no sean determinadas sólo por médicos
psiquiatras?
–Ciertamente. El
diagnóstico debe realizarse, como dice la ley argentina, en el seno de un equipo
interdisciplinario: a más saberes, mayor probabilidad de entender lo que le pasa
a esa persona. Claro que dentro de ese equipo debe haber un médico. Hay síntomas
de aparente psicosis que responden a causas tumorales, infecciosas, tóxicas,
traumáticas o metabólicas, y le toca al médico descartar estas posibilidades;
pero las cuestiones concernientes a los afectos, al entorno sociofamiliar, a si
la persona tiene lugar donde vivir o no, son importantes a la hora de decidir
qué se va a hacer y deben ser examinadas por el equipo
interdisciplinario.
–¿La OPS admite que las
jefaturas de servicios e instituciones puedan ser ejercidas por profesionales no
médicos?
–Benedetto Saraceno,
director de Salud Mental de la Organización Mundial de la Salud, ha destacado
que, en países con sistemas de salud avanzados, a menudo los jefes de salud
mental son enfermeros o trabajadores sociales. En Gran Bretaña, los problemas
más frecuentes de salud mental son atendidos por los médicos generalistas, que
tienen a su cargo la medicina de familia; claro que han sido capacitados y
tienen supervisión.
“Quita poder a los
psiquiatras”
“Es importante
reglamentar la Ley 26.657 porque, mientras tanto, muchos médicos no la están
tomando suficientemente en cuenta”, sostuvo Roberto, integrante de la Asamblea
Permanente de Usuari@s de los Servicios de Salud Mental
(Apussam).
–¿En qué situaciones
puede ser importante para los usuarios la reglamentación de la Ley de Salud
Mental? –preguntó Página/12.
–Hay que decir que los
jueces ya están aplicando la ley, todavía sin reglamentar. Por ejemplo, hace
poco se acercó a Apussam una usuaria que pasó 13 años internada en el Moyano. En
ese tiempo, el marido le quitó la tenencia de los hijos y la fábrica de la que
era propietaria, y estaba tratando de sacarle la casa. Pero ahora la situación
es distinta: ella vino a nuestra agrupación y pudo hacer una consulta jurídica.
Es un ejemplo de cómo la ley anterior conllevaba un despojo total sobre el
usuario. Y las asociaciones psiquiátricas protestan porque la internación no la
determina el psiquiatra solo: necesita otra firma, que puede ser la de un
psicólogo, y también interviene el juez. Esto les saca poder a los psiquiatras,
que tenían un manejo discrecional que se prestaba a cosas siniestras; basta con
recorrer los archivos judiciales para ver los casos de personas que fueron
declaradas injustamente insanas.
“En mi caso –continuó
Roberto–, en 1994 tuve un pico alucinatorio: afortunadamente, al día siguiente
me atendió una psiquiatra y me dio una medicación, un antipsicótico que me sacó
de esa situación. Desde entonces sigo en tratamiento pero, por ejemplo, ningún
psiquiatra me advirtió que ciertos trabajos pueden disparar mis síntomas
alucinatorios, lo cual me obliga a volver a tomar la medicación. Si me hubiera
atendido un equipo interdisciplinario, habría sido más fácil detectar esto. La
nueva ley permite que el usuario esté más guiado, con más seguimiento del
equipo. Pero lo fundamental es que se ponga fin a la estructura de las grandes
clínicas: a los depósitos de locura.”
“Existe y hay que
implementarla”
“El 16 de octubre de
2012, el expediente con la reglamentación de la Ley 26.657 fue remitido a la
Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, que ya lo había
recibido y devuelto antes para modificaciones formales –precisó a este diario
una alta fuente del Ministerio de Salud de la Nación–. Entendemos que son muchos
los expedientes que llegan a esa repartición; estamos a la espera de su
aprobación y, mientras tanto, vamos implementando la ley en distintos lugares
del país, generando espacios de discusión y aumentando la presencia de la salud
mental en la atención primaria. También, a pedido de los jueces, nuestros
profesionales se encargan de fiscalizar casos de personas declaradas insanas:
alguien puede estar hoy en plena crisis pero, al mes siguiente, estar en
condiciones de votar y de manejar sus bienes.”
La fuente destacó que “la
ley ya existe y hay que implementarla, y esto vale también para aquellos a
quienes no les guste. Por ejemplo, en el reciente congreso de la Asociación
Psiquiátrica de América latina (APAL), nadie se permitió hablar contra la ley,
aunque tampoco hayan dicho que les parezca maravillosa. Pero nadie puede
manifestarse en contra de la inclusión social; por lo menos no pueden
verbalizarlo, y entonces hay un viraje”.
Este diario intentó en
vano comunicarse con los responsables de prensa de la Jefatura de Gabinete de la
Nación, de la cual depende la Secretaría Legal y
Técnica.
Fuente Pag 12- 22-1-2013
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